Boletín nº 24 (04-02-2011)
II. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo
e Inmigración
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
Córdoba
Nº. 610/2011
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre), hace saber a los interesados abajo relacionados que por la Inspección Provincial de Trabajo se han practicado actas de infracción cuya rectificación de oficio no ha podido ser comunicada por ausencia o ignorado paradero.
Se observa que en las actas se ha producido un error de transcripción al haberse omitido el precepto legal en base al que se propone la cuantía de la sanción, debiendo haberse hecho constar que la misma resulta de conformidad con lo establecido en el art. 40 del Real Decreto 5/2000, de 4 de agosto (B.O.E. del 8 de agosto).
Por cuanto antecede, procede su subsanación en el sentido expuesto, lo cual se lleva a cabo en el presente acto, de conformidad con lo dispuesto en el art. 12 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo y art. 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que faculta a las Administraciones Públicas para rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existente en sus actos, reabriendo nuevamente el plazo de 15 días hábiles para formular escrito de alegaciones, cuyo cómputo se iniciará a partir del día siguiente al de la presente notificación.
Nº acta.- Nombre/razón social.- Domicilio.- Localidad.
I142010000107075; Empresa Constructora Ejuca, S.A. Empresa Solidaria; Avda. de la Constitución, s/n; Córdoba.
Córdoba a 17 de enero de 2011.- El Secretario General de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, José Antonio Requena Gutiérrez.