Boletín nº 27 (09-02-2011)
II. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo
e Inmigración
Dirección Provincial del Servicio Público de
Empleo Estatal
Córdoba
Nº. 683/2011
Por parte de las oficinas de empleo, se ha emitido Comunicación/es de Propuesta de Suspensión de Prestaciones, relativas a los beneficiarios de prestaciones que aparecen en relación adjunta, no habiéndose podido notificar por el servicio de correos, por resultar desconocido/ausente sus destinatarios en el domicilio que obra en esta Dirección Provincial. La presente publicación se realiza en virtud de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación a dichos trabajadores, que deberán personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, s/n en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando así mismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los beneficiarios referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial.
Comunicación Propuesta Suspensión Prestaciones
Apellidos y nombre.- DNI/NIE.- Fecha de la sanción.- Causa devolución.
Anselm, Eduard; X7.463.945; 04/10/2010; Se ausentó.
Hanout, Majd Eddine; X7.642.284; 20/12/2010; Ausente.
Marín Rot, Francisco; 36.563.558; 31/08/2010; Ausente.
Sebastianes Prieto, Fca.; 30.428.908; 08/10/2010; Ausente.
De acuerdo con la información obrante en este Instituto, se halla Vd., en una presunta situación irregular respecto a la prestación por desempleo que viene percibiendo.
En virtud de ello, se le comunica que se inicia un proceso sancionador, con propuesta de un mes de suspensión del derecho que tiene reconocido, en base a la no renovación de su demanda de empleo en la fecha indicada en su tarjeta de demanda, o a la no comparecencia a requerimiento del SPEE (ver relación precedente).
Según lo dispuesto en el número 4 del artículo 37 del Reglamento General sobre los procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/98, de 14 de mayo, dispone de 15 días a partir de la fecha de recepción de la presente comunicación para formular, por escrito, ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal las alegaciones que estime oportunas, documentalmente acreditadas. Transcurrido dicho plazo, se dictará la Resolución correspondiente.
Si el proceso que se inicia es por una presunta reincidencia en una infracción de igual categoria, que aún está pendiente de resolución firme, la resolución al presente procedimiento no se dictará hasta que no se dé por finalizado el anterior.
Al mismo tiempo se le comunica que en aplicación de lo dispuesto en el número 4. del artículo 47 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, se ha procedido a cursar baja cautelar en su prestación, en tanto se dicte la mencionada Resolución.
Por otro lado, en cumplimiento del art. 42.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y en la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:
El nº del expediente que se inicia con esta comunicación es el de su D.N.I., Pasaporte o N.I.E.
El Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el art. 20.3 del ya citado Reglamento General, dispone de un plazo de seis meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el art. 44.2 de la mencionada Ley 30/92, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el Servicio Público de Empleo Estatal pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.
Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.
Córdoba, 20 de enero de 2011.- El Director Provincial del SPEE, Rogelio Borrego Martínez.