Boletín nº 29 (11-02-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Fomento
Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental
Córdoba

Nº. 741/2011

Refª Proyecto: 12-CO-4020  

Expediente de expropiación forzosa motivado por las obras del proyectoAutovía de Málaga (A-45). Tramo: Encinas Reales (S) Benamejí (S). Provincia de Córdoba. Obra Clave: 12-CO-4020  

Al haber recibido el libramiento para el pago de los Mutuos Acuerdos de la obra de referencia, se avisa a los interesados que figuran en la relación adjunta, a fin de que se personen en el lugar, fecha y hora que figura en la misma relación, para proceder al abono de dichos Mutuos Acuerdos  

Lugar: Ayuntamiento de Benamejí.

Fecha: 9 de marzo de 2011.

FINCA Nº

NOMBRE Y APELLIDO DEL TITULAR

HORA

14-100.0025

Ortiz Serrano, Rosa

10:30

 

Linares Chacon, Juan

 

14-100.0080

Rodríguez Malagón, Antonio

10:30

14-100.0080-AR

Rodríguez Malagón, José (Arrendatario)

10:30

14-100.0081

Rodríguez Malagón, Rafaela

10:30

14-100.0081-AR

Rodríguez Malagón, José (Arrendatario)

10:30

14-100.0082-83

Navarro de la Torre, Cristóbal

10:30

14-100.0086

Paredes Marrón, José

11:00

 

Delgado Castilla, Araceli

 

14-100.0087

Sánchez Molina, Francisco

11:00

14-100.0090

Reina Cabello, José

11:00

 

Artacho Parra, Josefa

 

14-100.0093

Sánchez Molina, José

11:00

 

Sánchez Molina, Francisca

 

 

Sánchez Molina, Faustino

 

 

Sánchez Molina, Antonio

 

 

Pedrosa Artacho, José

 

 

Moreno Linares, Carmen

 

 

Carmona Martín, Carmen

 

 

Benítez Moreno, Luisa

 

14-100.0211

Sánchez Matas, Raimundo

11:00

 

Ordoñez Serrano, Dolores

 

14-100.0212

Sánchez Molina, Manuel

11:00

 

Sánchez Molina, Juan

 

 

 

Deberán comparecer todos los titulares de derechos afectados con su D.N.I. (Documento Nacional de Identidad); en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general, ya especial, para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna (Documento Nacional de Identidad), como previene el artículo 49.4 del Reglamento, de 26 de abril de 1954, de la Ley de Expropiación Forzosa.

En caso de cambio de titularidad o fallecimiento, se acreditará su calidad de herederos o nuevos propietarios, como tales con los Documentos Públicos (nueva escritura, testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc.) y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el Impuesto sobre Sucesiones.

Es imprescindible para el pago aportar nota simple actual del registro de la propiedad.

Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.

En el caso de que deseen cobrar p

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