Boletín nº 29 (11-02-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 877/2011
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 659/2010, sobre Social Ordinario, a instancia de Lorenzo Cuevas Torres contra José Manuel Benítez Fernández y Servicios Integrales de la Construcción Labourdette y Fernández S.L., en la que con fecha 20/01/11 se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Fallo
Estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Lorenzo Cuedvas Torres contra la empresa Servicios Integrales de la Construcción Labourdette y Fernández S.L., condeno a la demandada al pago al actor de 13.207,53 €, en concepto de principal, más el interés correspondiente conforme a lo declarado en el fundamento de Derecho tercero de esta resolución.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, recurso que habrá de anunciarse antes este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.
Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia.
Publicación.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia estando celebrando audiencia pública el Iltmo. Sr. Magistrado que la ha dictado, en el mismo día de su fecha; de lo que doy fé".
Y para que sirva de notificación en forma a José Manuel Benítez Fernández y Servicios Integrales de la Construcción Labourdette y Fernández S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 25 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial, Victoria A. Alférez de la Rosa.