Boletín nº 29 (11-02-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 888/2011

De conformidad con lo establecido en el artículo 170.2, en relación con el 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público el expediente número 5 sobre modificaciones de crédito en el Presupuesto del ejercicio de 2010, resumido por capítulos, una vez aprobado definitivamente tras no haberse presentado reclamaciones en el periodo de exposición pública del mismo abierto por Anuncio publicado en el BOP del día 29 de diciembre de 2.010:

1º. Suplementos de créditos:

Estados de Gastos

Capítulo.- Denominación.- Suplementos ctos. euros.

2; Gastos en Bienes Corrientes y Servicios; 25.968,00

4; Transferencias Corrientes; 6.231,00

6; Inversiones Reales; 3.500,00

9; Pasivos Financieros; 1.668,00

Total  suplementos de créditos: 37.367,00

2.º Financiación de las expresadas modificaciones de crédito de la forma siguiente:

a) Con cargo al remanente líquido de tesorería, que asciende a 13.590,00 €.

b) Mayores Ingresos, que ascienden a 7.777,00 €.

Estado de Ingresos

Capítulo.- Denominación.- Suplementos ctos. euros

3; Tasas y Otros Ingresos; 6.110,00

7; Transferencias de Capital; 1.667,00

Total  suplementos de créditos: 7.770,00

c) Bajas de créditos, que ascienden a 28.728,00 €.

Estado de Gastos

Capítulo.- Denominación.- Baja de créditos euros.

6; Inversiones Reales; 16.000,00

Total bajas de créditos: 16.000,00

Total financiación de créditos, asciende a euros: 37.367,00 euros.

Contra dicha aprobación definitiva se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lo que se hace público para general conocimiento en Añora a 24 de enero de 2011.- El Alcalde-Presidente, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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