Boletín nº 30 (14-02-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 2
Córdoba
Nº. 987/2011
D. Enrique de Juan López, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 2 de Córdoba, doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas nº 483/2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Córdoba, a diez de diciembre de dos mil diez. Vistos por mí, José Yarza Sanz, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número dos de los de esta capital los presentes autos de Juicio de Faltas en los que han sido parte María Ángeles Mora López, de un lado, y, de otro, Ángel Chueco Roldán, ya circunstanciados en el presente procedimiento número 483/2009, por vejaciones.
Que absuelvo a Ángel Chueco Roldán de la falta de coacciones cuya comisión se le imputaba, con declaración de las costas de oficio.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación, por escrito y con sujeción a los requisitos contemplados en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, recurso que se sustanciará ante la Iltma. Audiencia Provincial. Publíquese. Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, dejando testimonio en los autos.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevara testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Ángel Chueco Roldán, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 27 de enero de 2011.- El Secretario, Enrique de Juan López.