Boletín nº 31 (15-02-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3
Lucena

Nº. 677/2011

Don Francisco Durán Girón, Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Lucena, hago saber:

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de Dominio, Reanudación tracto sucesivo 1052/2010, a instancia de Manuel Tenor Reina, representado por el Procurador don Pedro Ruiz de Castroviejo Aragón, expediente de dominio para la inmatriculación de la siguiente finca:

Descripción: Finca rústica, que es objeto de expediente de dominio. Finca rústica o porción de finca segregada o que se quiere segregar, objeto de expediente de dominio: Suerte de tierra de olivar sita en el Paraje de las Martinas y en el Paraje de Molino Nuevo del término municipal de Lucena (Córdoba). Tiene una superficie total de 7 hectáreas, 17 áreas y 37 centiáreas, lo que es igual, setenta y un mil setecientos treinta y siete metros cuadrados (71.737 m 2). Linda actualmente: Al Norte, con la parcela núm. 11 del polígono 68 del Catastro de Rústica de Lucena, propiedad de Hermanos Márquez Sociedad Civil; al Sur, con la parcela núm. 21 del polígono 68 del Catastro de Rústica de Lucena, propiedad de doña Ana Tenor Aguilar; al Este, con las parcelas núms. 10 y 19 (que esta parcela núm. 19 colinda también con la finca objeto de expediente al Sureste), y ambas, del polígono 68 del Catastro de Rústica de Lucena, propiedad, respectivamente, de doña Francisca Molina Arjona de don Francisco Jiménez Gómez; y al Oeste, con la parcela núm. 8 del polígono 68 del Catastro de Rústica de Lucena, propiedad de doña Araceli Aguilera Leiva y, además, con las parcelas núms.. 37 y 28 del Catastro de Rústica de Lucena, ambas propiedad de don Francisco Lara Sánchez.

Esta finca rústica descrita más arriba se encuentra libre de cargas y gravámenes.

Al mismo tiempo, y para mayor claridad, hay que exponer que la finca rústica antes describa, que es objeto de expediente, está compuesta catatralmente por dos parcelas catastrales distintas y que son: La parcela número 9 y la parcela número 20, ambas del polígono 68 del Catastro de Rústica del término municipal de Lucena (Córdoba).

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que, en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Lucena a 7 de enero de 2011.- El Juez Sustituto, Francisco Durán Girón.

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