Boletín nº 33 (17-02-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de la Presidencia
Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 1.032/2011

Intentada la notificación en el último domicilio conocido del ciudadano/a Oukacha El Goumri de una resolución al expediente solicitando ayuda para Unidades Familiares o de convivencia economica para paliar daños materiales en viviendas y enseres derivados de una situación de emergencia, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

El objeto de la notificación es una resolución de la Subdelegación del Gobierno que copiada literalmente dice lo siguiente:

"El Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo (B.O.E. núm. 67, de 19 de marzo), modificado por el Real Decreto 477/2007, de 13 de abril (B.O.E. núm. 90 de 14 de abril y corrección de errores B.O.E. núm. 94 de 19 de abril) regula las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y establece el procedimiento para su concesión.

Al amparo de lo dispuesto en la citada norma, presentó Vd. una solicitud de ayuda económica para paliar los daños sufridos en la vivienda de su propiedad y/o en enseres domésticos de primera necesidad, a consecuencia de Inundaciones por lluvias, acaecidas el mes de septiembre.

Iniciado así el procedimiento, y estudiada la solicitud, con fecha 01/12/2009 la Subdelegación del Gobierno le requirió para que aportara diversa documentación que había de constar en el procedimiento y preceptiva para dictar la oportuna resolución, sin que en el plazo que determina el Art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aportara Vd. la documentación necesaria.

Como quiera que, desde la notificación de dicho acto administrativo mediante aviso de recibo de fecha 15/12/2009, hasta el día de hoy, han transcurrido más de tres meses sin que el interesado haya realizado las actividades necesarias para reanudar la tramitación del procedimiento, y produciéndose la paralización de éste por causa imputable al mismo, esta Subdelegación del Gobierno, en uso de las atribuciones delegadas por la Orden INT/1003/2010, de 14 de abril (B.O.E. núm. 99, de 24 de abril de 2010), ha resuelto:

Tenerle por desistido de su petición, y declarar la caducidad del procedimiento administrativo y el archivo del mismo en base a lo establecido en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 71.1 del mismo texto legal, toda vez que la documentación requerida resultaba imprescindible para dictar la oportuna resolución.

Lo que notifico a Vd. advirtiéndole que esta resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con la Disposición Adicional Decimoquinta, nº 2, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Contra la presente resolución puede interponer con carácter potestativo, Recurso de Reposición, según lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente (artículo 117.1 de la misma Ley), o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional , con arreglo a lo establecido en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente (artículo 46.1, de la citada Ley 29/1998). Córdoba, 21 de septiembre de 2010. El Subdelegado del Gobierno. Fdo: Jesús María Ruiz García".

Córdoba, 27 de enero de 2011.- El Secretario General, José Antonio Caballero León.

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