Boletín nº 33 (17-02-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social
Subdirección Provincial de Recaudación Ejecutiva
Córdoba

Nº. 913/2011

D. Jaime Fernández-Vivanco Romero, Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social en Córdoba, de acuerdo con lo establecido en el artículo 117.1 del Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, publica el siguiente anuncio de subasta:

"El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02 de Córdoba, hace saber: 

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor Cuaperpel, S.L., por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

"Providencia: Una vez autorizada, con fecha 19 de 01 de 2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 13 de 04 de 2011, a las 10'00 horas, en Ronda de los Tejares, 23-25 de la localidad de Córdoba, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta Providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes".

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.- Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta, serán los indicados en la Providencia de subasta.

2.- Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3.- Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4.- Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas de 01/03/2011 a 12/04/2011.

Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta.

5.- Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6.- Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

7.- El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8.- La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

9.- Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10.- Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11.- Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12.- Mediante el presente Anuncio, se tendrán por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13.- En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho Recurso de Alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Advertencias:

Para cualquier información relativa a subastas, los interesados podrán consultar en la dirección de internet: http:/www.seg-social.es.

Córdoba, a 24 de enero de 2011.- El Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva, Jaime Fdez. Vivanco Romero. Firma ilegible.

Relación adjunta de bienes inmuebles que se subastan 

Deudora: Cuaperpel, S.L.

Lote número: 01.

Finca número: 01.

Datos finca urbana 

Descripción finca: F.43406. ED. DEST. A DISC. Y RESTAUR.-MONTILLA. SUP. 2.218,23 M2.

Tipo de vía: C. Nombre vía: Severo Ochoa Nº VÍA: 65 piso: Puerta: Cod-Post: 14550 Cod-Muni: 14042

Datos Registro

Nº Reg: 14010. Nº Tomo: 824. Nº Libro: 824. Nº Folio: 195. Nº Finca: 43406.

Importe de tasación: 2.109.663,75 euros.

Cargas que deberán quedar subsistentes 

Cajasur. Carga: Hipoteca. Importe: 484.354,36 euros

Cajasur. Carga: Hipoteca. Importe: 152.616,87 euros

Cajasur. Carga: Hipoteca. Importe: 352.855,63 euros

Diput. Prov.-H. Local. Carga: Anot. Prev. Embarg. Importe: 0,00 euros

Tipo de subasta: 1.119.836,89 euros

Descripción ampliada

Urbana.- Edificio de planta baja y alta, con sótano, destinado su uso a complejo de ocio, consistente en una discoteca, un restaurante-cafetería y un sótano para almacén y aparcamientos, marcado con los números sesenta y cinco de calle llamada hoy Severo Ochoa, y sesenta y seis, en calle llamada hoy Madame Curie, calles con las que hace esquina, del Plan Parcial Industrial-I Llanos de Jarata, de Montilla (Córdoba). Ocupa un solar de dos mil ciento treinta metros y dos decímetros cuadrados de superficie y tiene una superficie construida total de dos mil doscientos dieciocho metros y veintitres decímetros cuadrados. Está compuesto por planta sótano, que ocupa parte de su solar, con una superficie construida de cuatrocientos cincuenta y dos metros y ochenta y ocho decímetros cuadrados, destinada a aparcamientos y almacén; y por planta baja y alta, con diversos salones y habitaciones dedicados al uso para el que se destina el edificio. Linda la totalidad de la finca: norte, calle 5; su

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