Boletín nº 37 (23-02-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.242/2011

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber: 

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 1515/2009, sobre Social Ordinario, a instancia de Jarquil Andalucía S.A. contra María del Carmen Rodríguez Pavón, INSS, Roanxe XXI S.L.L. y Revestimientos y Rehabilitaciones Aguilera S.L., en la que con fecha 27/12/10 se ha dictado Sentencia, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando parcialmente la demanda que ha presentado Jarque Andalucía, S.A. contra el INSS, María Carmen Rodríguez Pavón, Revestimientos y Rehabilitaciones Aguilera, S.L. y Roanxe, S.L.L., debo de rebajar y rebajo el recargo de prestaciones impuesto al 40%, manteniendo el resto de la resolución dictada por el INSS el día 17/06/09 (Exp. de Ref. 2005/502878), condenando a las codemandadas a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que no es firme porque contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano, dentro de los cinco días siguientes hábiles a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en los arts. 193 y 194 de la LPL, recurso que será resuelto por la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Igualmente, se advierte al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 150,25 € en la cuenta abierta en Banesto, Sucursal Avda. Conde de Vallellano, a nombre de este Juzgado con el núm. 1711, acreditándolo mediante la presentación de justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, que caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignarla en la cuenta citada ó formalizar aval bancario por la misma suma.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a las entidades Revestimientos y Rehabilitaciones Aguilera, S.L. y Ronxe XXI, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 8 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

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