Boletín nº 39 (25-02-2011)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia
Delegación Provincial de Córdoba

Nº. 1.070/2011

Resolución de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía por la que se concede Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Modificación de Instalación Eléctrica de Distribución de Alta Tensión.

(Expediente AT 114-86)  

Antecedentes:  

Primero: Endesa Distribución Eléctrica, S.L. (unipersonal), solicita ante esta Delegación la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para la instalación eléctrica de alta tensión recogida en el denominado "Proyecto de Modificación de Línea Aéreo-Subterránea a 132 Kv S/C Baena-Iznájar entre Los Apoyos Nº 3 y 6 en Lucena (Córdoba), en el término municipal de Lucena (Córdoba), asignándosele el número de expediente AT 114-86 por tratarse de una modificación del mismo.

Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Aún cuando las instalaciones contempladas en la presente autorización, consisten en una reforma de las instalaciones recogidas en el expediente de alta tensión AT 114-86, no se considera que las actuaciones a realizar se encuentren incluidas en ninguno de los supuestos contemplados en la Instrucción de 17 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre tramitación simplificada de determinadas instalaciones de distribución de alta y media tensión, publicada en el BOJA nº 241, de fecha 13 de diciembre de 2004.

Tercero: En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto anuncio en el BOP de Córdoba número 234 de fecha 14 de diciembre de 2010, sin que se produjesen alegaciones en el plazo legalmente establecido.

Cuarto: En cumplimiento de los artículos 127 y 131 del RD 1955/2000, Endesa Distribución Eléctrica S.L. (unipersonal), con fecha 30 de noviembre 2010, ha presentado informes favorables emitidos por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena, la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y la Dirección Provincial de Córdoba de la Agencia Andaluza del Agua de la Consejería de Medio Ambiente como Organismos afectados, que han sido aceptados con fecha 19 de enero de 2011 por la empresa peticionaria, así como la autorización para el paso de la línea eléctrica de Don Francisco García Muñoz y Don Dionisio Cañada Jiménez como particulares afectados.

Quinto: Ha sido emitido por el Jefe del Departamento de Energía del Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial informe pronunciándose favorablemente sobre la solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto presentada.  

Fundamentos de Derecho

Único : Esta Delegación Provincial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4.164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decretos del Presidente nº 14/2010 de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y nº 134/2010, de 13 de abril, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como lo previsto en su artículo 2.2 y en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.  

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, propone:  

Conceder Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de la instalación solicitada por Endesa Distribución Eléctrica, S.L. con CIF nº B-82.846.817 para la construcción de las instalaciones incluidas en el Proyecto de Modificación de Línea Aéreo-Subterránea a 132 KV S/C Baena-Iznájar entre Los Apoyos Nº 3 y 6 en Lucena (Córdoba), en el término municipal de Lucena (Córdoba), cuyas principales características son:  

Sustitución del final de línea existente nº 4 por otro con el mismo número y función, y así liberar estos terrenos de la actual servidumbre afectado por este apoyo nº 4, aumentando en 80 metros el tramo subterráneo existente, según el siguiente detalle:  

- Origen: Apoyo nº 3 AMV existente, L 132 kV S/C Baena-Iznájar.

- Final: Nueva cámara de empalme entre apoyo 4 y 6 de la L 132 kV S/C Baena-Iznájar.

- T. Municipal: Lucena (Córdoba).

- Longitud: 258 metros en aéreo y 80 metros en subterráneo.

- Tipo: Aéreo-Subterráneo S/C.

- Tensión: 132 kV.

- Conductores: LA-280 y AL 1200 mm.

- Apoyos modificados: Se refuerza el existente nº 3 y se instala el nuevo FL nº 4.

- Aislamiento: U-100-BS/XLPE

- Cable de tierra: ARLE 9,78 

El titular de la instalación deberá cumplir con las condiciones que en la normativa anteriormente citada se establecen y con las especiales siguientes:  

1. Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

3. Especialmente deberá darse cumplimiento a los condicionantes incluidos en los informes emitidos por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena, la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y la Dirección Provincial de Córdoba de la Agencia Andaluza del Agua de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y aportados por el solicitante con fecha 30 de noviembre de 2010.

4. El plazo de puesta en marcha será de 12 meses contados a partir de la presente Resolución.

5. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión de acta de puesta en servicio. Se adjuntará a la solicitud de puesta en servicio certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional y, en su caso, documento de cesión a empresa distribuidora.

6. Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.

8. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Propuesto:

El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, Fdo: Manuel Ángel López Rodríguez.

Vista la anterior Propuesta de Resolución, esta Delegación Provincial resuelve elevarla a definitiva:

De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis

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