Boletín nº 40 (01-03-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social
Administración número 5
Córdoba

Nº. 1.399/2011

Don Rafael Rodríguez González, Director de la Administración Número 5 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Córdoba, hace saber:

Esta Administración de la Seguridad Social ha resuelto incoarle expediente de baja de oficio en el Convenio Especial del Régimen General al afiliado D. Pablo Sanchez Garcia, con N.A.F., 140043695261.

En el citado expediente se pone de manifiesto los siguientes hechos:

- Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre (BOE del 18) por la que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social una de las causas de extinción del convenio especial suscrito con fecha 01/07/2006, es la falta de abono de las cuotas correspondientes a tres mensualidades consecutivas o cinco alternativas, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.

- Que Vd. no ha solicitado su baja en el Convenio Especial

- Previo a proceder a la baja de oficio en el citado convenio deberá en el plazo de diez días naturales siguientes a la recepción de la presente comunicación, justificar que se ha efectuado el pago de las cuotas adeudadas correspondientes a los meses de junio, julio y agosto 2010, ante esta Administración de la Seguridad social.

Por todo lo cual esta Administración de la Seguridad Social ha acordado ponerle de manifiesto los datos que obran en su expediente, a fin de cumplir con el trámite de audiencia al interesado, según lo establece el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27/11/92), para que en el plazo de diez días Vd. exponga las alegaciones, presente los documentos y justificantes que estime pertinentes, debiendo presentar la siguiente documentación:

- Fotocopia compulsada de la documentación que justifique el pago de las cuotas adeudadas correspondientes a los meses de junio, lulio y agosto 2010.

Asimismo se le informa que de no aportar la justificación requerida en el citado plazo, se procederá a dar baja en el convenio que tiene suscrito con fecha 31 mayo de 2010, último día del mes en que se ha producido el último abono del convenio especial.

Para cualquier información sobre esta cuestión puede dirigirse a esta Administración, bien personalmente, por teléfono o por escrito, en el domicilio y número que constan en la parte inferior derecha del presente escrito, significándole que el horario de atención al público de esta Unidad es de 9'00 a 13'30 horas, de lunes a viernes.

Córdoba a 3 de febrero de 2011.- El Jefe de Área, Francisco Ruiz Ruiz.

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