Boletín nº 45 (08-03-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.635/2011

Doña Miriam Palacios Criado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1592/2009 a instancia de la parte actora D. Joaquín Servián Ramírez contra FOGASA y Hermanos Pitito S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando parcialmente la demanda que ha originado estos autos, formulada por D. Joaquín Servián Ramírez contra Hermanos Pititos, S.L. y el FOGASA y declaro que el primero tiene derecho a percibir la cantidad total de 7.875,32 € (SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS), en los conceptos expuestos en el fundamento de derecho segundo, de los que corresponde pagar a la empresa, como responsable directa la cantidad de 6.884,01 € (SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS, CON UN CÉNTIMO) y al FOGASA 991,31 € (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN EUROS, CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS), con este carácter, y respondiendo respecto del resto en los supuestos y con los límites legalmente establecidos, sin que proceda el pago de intereses por demora.

En consecuencia, condeno a todas las partes a estar y pasar esta declaración y, especialmente, a las codemandadas a pagar al actor las cantidades antedichas.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, y que será resuelto por la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía/Sevilla.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Hermanos Pitito S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 9 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

Doña Miriam Palacios Criado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1592/2009 a instancia de la parte actora D. Joaquín Servián Ramírez contra FOGASA y Hermanos Pitito S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando parcialmente la demanda que ha originado estos autos, formulada por D. Joaquín Servián Ramírez contra Hermanos Pititos, S.L. y el FOGASA y declaro que el primero tiene derecho a percibir la cantidad total de 7.875,32 € (SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS), en los conceptos expuestos en el fundamento de derecho segundo, de los que corresponde pagar a la empresa, como responsable directa la cantidad de 6.884,01 € (SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS, CON UN CÉNTIMO) y al FOGASA 991,31 € (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN EUROS, CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS), con este carácter, y respondiendo respecto del resto en los supuestos y con los límites legalmente establecidos, sin que proceda el pago de intereses por demora.

En consecuencia, condeno a todas las partes a estar y pasar esta declaración y, especialmente, a las codemandadas a pagar al actor las cantidades antedichas.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, y que será resuelto por la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía/Sevilla.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Hermanos Pitito S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 9 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

Doña Miriam Palacios Criado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1592/2009 a instancia de la parte actora D. Joaquín Servián Ramírez contra FOGASA y Hermanos Pitito S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando parcialmente la demanda que ha originado estos autos, formulada por D. Joaquín Servián Ramírez contra Hermanos Pititos, S.L. y el FOGASA y declaro que el primero tiene derecho a percibir la cantidad total de 7.875,32 € (SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS), en los conceptos expuestos en el fundamento de derecho segundo, de los que corresponde pagar a la empresa, como responsable directa la cantidad de 6.884,01 € (SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS, CON UN CÉNTIMO) y al FOGASA 991,31 € (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN EUROS, CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS), con este carácter, y respondiendo respecto del resto en los supuestos y con los límites legalmente establecidos, sin que proceda el pago de intereses por demora.

En consecuencia, condeno a todas las partes a estar y pasar esta declaración y, especialmente, a las codemandadas a pagar al actor las cantidades antedichas.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, y que será resuelto por la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía/Sevilla.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Hermanos Pitito S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 9 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

Doña Miriam Palacios Criado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1592/2009 a instancia de la parte actora D. Joaquín Servián Ramírez contra FOGASA y Hermanos Pitito S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando parcialmente la demanda que ha originado estos autos, formulada por D. Joaquín Servián Ramírez contra Hermanos Pititos, S.L. y el FOGASA y declaro que el primero tiene derecho a percibir la cantidad total de 7.875,32 € (SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS), en los conceptos expuestos en el fundamento de derecho segundo, de los que corresponde pagar a la empresa, como responsable directa la cantidad de 6.884,01 € (SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS, CON UN CÉNTIMO) y al FOGASA 991,31 € (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN EUROS, CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS), con este carácter, y respondiendo respecto del resto en los supuestos y con los límites legalmente establecidos, sin que proceda el pago de intereses por demora.

En consecuencia, condeno a todas las partes a estar y pasar esta declaración y, especialmente, a las codemandadas a pagar al actor las cantidades antedichas.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, y que será resuelto por la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía/Sevilla.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Hermanos Pitito S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 9 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad