Boletín nº 45 (08-03-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 1.636/2011
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 778/2010, sobre Seguridad Social, a instancia de Canval Empresa Constructora S.L. contra José Sánchez Castillo, INSS, TGSS y Encofrados Luque S.L., en la que con fecha 03/02/11 se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Fallo
Que desestimando la pretensión principal de la demanda interpuesta por la empresa Canval Empresa Constructora S.L., y parte demandada el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, la empresa Encofrados Luque S.L., y el trabajador D. José Sánchez Castillo, absuelvo a los demandados de las pretensiones contra los mismos ejercitadas.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso que habrá de anunciarse antes este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.
Así por esta mi sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia".
Y para que sirva de notificación en forma a José Sánchez Castillo, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 17 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, Victoria A. Alférez de la Rosa.