Boletín nº 46 (09-03-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.632/2011

Doña Miriam Palacios Criado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1209/2010 a instancia de la parte actora D. Manuel Millán Gómez contra Jardinería Integral de Córdoba S.C.A. sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando en su petición subsidiaria la demanda que se resuelve, formulada por D. Manuel Millán Gómez contra Jardinería Integral de Córdoba, S.C.A., debo declarar y declaro que el despido de que fue objeto el primero, con efectos del día 13/08/10, es improcedente por lo que condeno a la empresa a estar y pasar por tal declaración y a que, dentro del plazo legalmente establecido -cinco días desde la notificación de la presente, sin esperar a su firmeza- opte entre la readmisión del trabajador de forma inmediata en su puesto de trabajo y la extinción del contrato con la consiguiente indemnización, que ascenderá a la cantidad de 10.741,54 € (DIEZ MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN EUROS, CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS). Todo ello, advirtiéndosele de que en el supuesto de que no se ejercite la opción antedicha en el término legal, se entenderá que opta por la primera alternativa, así como que, en cualquier caso, también habrán de abonársele los salarios de tramitación devengados desde el día 14/08/10 -el siguiente al de defectos del despido- hasta la fecha de notificación de esta sentencia, salvo que concurriera causa de incompatibilidad con su percibo, a razón de 29,53 €/día.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que no es firme porque contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse, ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en los arts. 193 y 194 de la LPL, recurso que será resuelto por la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Y para que sirva de notificación al demandado Jrindería Integral de Córdoba S.C.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 11 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

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