Boletín nº 48 (11-03-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 2
Córdoba

Nº. 1.709/2011

Don Enrique de Juan López Secretario del Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en el juicio de faltas nº 111/2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Córdoba, a 10 de diciembre de 2010. Vistos por mí, José Yarza Sanz, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de los de esta capital los presentes autos de Juicio de Faltas en los que han sido parte José Romera Gómez y Mario Aranda Roldán, de un lado, y, de otro, Daniel González Alcalde, María Dolores Alcalde López y Santiago Borrego Luque, ya circunstanciados en el presente procedimiento, número 111/10, por coacciones y vejaciones.

Que absuelvo a Daniel González Alcalde, María Dolores Alcalde López y Santiago Borrego Luque de las faltas que se les acusaba en este procedimiento, con declaración de las costas de oficio.

Contra esta resolución cabe interponer Recurso de Apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación por escrito y con sujeción a lo establecido en los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, recurso que se sustanciará ante la Iltma. Audiencia Provincial. Publíquese. Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, dejando testimonio en los autos.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevara testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Santiago Borrego Luque y Maria Aranda Roldán, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 15 de febrero de 2011.- El Secretario, Enrique de Juan López.

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