Boletín nº 48 (11-03-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba

Nº. 1.844/2011

Don Rafael Rivas Cabello, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba), hago saber:  

Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de la Ordenanza Reguladora del precio público por la prestación de servicios en el pabellón municipal de Villaviciosa de Córdoba y la Ordenanza Reguladora de la tasa por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2010 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 5 de fecha 10/01/2011, nº anuncio 13291/2010, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLRHL, pudiéndose interponer contra los mismos Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.  

A continuación se insertan los textos íntegros de las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado:  

- En la Ordenanza Reguladora del precio público por la prestación de servicios en el pabellón municipal de Villaviciosa de Córdoba se propone introducir en el artículo 3 un nuevo punto 7 con el siguiente detalle: Art. 3.7. Los jóvenes poseedores del carnet joven disfrutarán de una bonificación del 5% sobre las tarifas establecidas en la presente ordenanza.  

- En la Ordenanza Reguladora de la tasa por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos se propone introducir en el artículo 8 un segundo párrafo con el siguiente detalle: Art. 8 párrafo 2º. En relación a las tarifas establecidas en la presente ordenanza para la entrada a la piscina municipal y utilización del gimnasio municipal, los jóvenes poseedores del carnet joven disfrutarán de una bonificación del 5% sobre las tarifas establecidas en la presente ordenanza.  

Lo que se hace público para general conocimiento.  

En Villaviciosa de Córdoba, a 21 de febrero de 2011.- El Alcalde-Presidente, Rafael Rivas Cabello.

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