Boletín nº 51 (16-03-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 2.365/2011

Habiendo estado expuesto al público el acuerdo de aprobación inicial de la derogación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, en el Diario Córdoba de 26/01/11 y en el BOP nº. 17 de 26/01/11, anuncio nº. 566/2011 durante un plazo de treinta días hábiles, sin que se haya presentado reclamación alguna.

De acuerdo con lo previsto en el art. 17 párrafo 3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; se entiende definitivamente derogada la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.

La presente derogación surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiéndose interponer contra este acuerdo, Recurso Contencioso-Administrativo, a partir de la publicación del mismo en el BOP, en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla.

Aguilar de la Frontera, 4 de marzo de 2011.- El Alcalde, Francisco Paniagua Molina.

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