Boletín nº 54 (21-03-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 2.121/2011
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 223/2010 a instancia de la parte actora D. Alfonso González Díaz, Juan José Quintero Román y Rafael Pérez Zarza contra R.L.A. Seguridad Córdoba S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 23/02/11 del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Acuerdo: Declarar a la ejecutada R.L.A. Seguridad Cordoba S.L. en situación de Insolvencia Total por importe de 20.159,18 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros correspondientes
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Y para que sirva de notificación al demandado R.L.A. Seguridad Córdoba S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 23 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.