Boletín nº 54 (21-03-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Palma del Río
Nº. 2.153/2011
Que el Ayuntamiento-Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de febrero de 2011, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:
"Octavo.- Aprobación inicial de la Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante.
Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de la Ciudad de 17 de febrero de 2011, los reunidos, por mayoría, con los votos a favor de PSOE (12), IU-LV-CA (2) y las abstenciones de PP (4), PA (3), que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan:
Primero: Aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal del Comercio Ambulante en Palma del Río que al final se transcribe.
Segundo: Someter dicha Ordenanza Municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto".
Lo que se somete, de conformidad con lo establecido en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, a información pública por el plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, en caso de no presentarse, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Palma del Río, a 2 de marzo de 2011.- El Segundo Teniente de Alcalde, p.d. del Sr. Alcalde-Presidente, Francisco Javier Domínguez Peso.