Boletín nº 58 (25-03-2011)
III. Junta de Andalucia
Consejería de
Agricultura y Pesca
Delegación Provincial de Córdoba
Nº. 2.354/2011
Habiéndose intentado sin efecto la notificación a D. Agustín Molina Carrillo con D.N.I. 25339674E, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se procede a su notificación de:
En relación con su solicitud de ayudas a Inversiones en Explotación Agraria con Nº de expediente 02/14/00280/10/0, presentada al amparo de la Orden de 4 de mayo de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la modernización de explotaciones agrarias no adscritas a un plan empresarial, para la mejora de la sostenibilidad del sector agrícola y ganadero, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y efectúa su convocatoria para 2010, presentada por usted el día 11 de junio de 2010, se le informa que una vez estudiada la misma, se hace necesario subsanar y/o aportar la documentación original o fotocopia compulsada siguiente:
1. Deberá acreditar la titularidad de todos los recintos de la explotación indicados en el apartado 2.1. mediante escritura pública, contrato de arrendamiento u otro título de propiedad válido en Derecho. Con los contratos de arrendamiento presentados de Dña. Dolores Carrillo Villalba y D. Agustín Molina Cárdenas, no se acredita la totalidad de las parcelas señaladas en el apartado 2.1 de la solicitud.
2. Asimismo en el contrato de arrendamiento de D. Agustín Molina Cárdenas aparece el arrendamiento de la parcela 287 del polígono 21 sin que dicha parcela aparezca relacionada en el apartado 2.1 de la solicitud. Deberá aclarar dicho punto.
3. No se presentan salidas gráficas Sigpac 2009 de todas las parcelas y recintos señalados en el apartado 2.1 de la solicitud y presenta otras que no corresponden a ninguna de las indicadas en dicho apartado. Deberá presentar las salidas gráficas que faltan y aclarar lo referente a las que sobran.
4. Tal como se indica en el art. 16, punto 3, apartado k), de la Orden, la cuenta bancaria será para uso exclusivo de los pagos e ingresos asociados a esta ayuda, por lo que en caso de que la cuenta que ha indicado en su solicitud no reúna dicho requisito, deberá aportar nuevo certificado de la entidad bancaria de una cuenta exclusiva, e indicar expresamente dicho cambio mediante escrito
Las actuaciones a realizar, así como la entrada de los documentos solicitados (original o copia compulsada), deberán presentarse preferentemente en la Delegación Provincial de Córdoba, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, en un plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de su notificación.
Así mismo, se le advierte que si no presenta la documentación requerida en forma y plazo, su petición se tendrá por desistida, previa la oportuna resolución en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Córdoba, a 24 de enero de 2011.- El Jefe Dpto. Infraestructuras Agrarias y Actuaciones Estructurales, Juan Jesús Muñoz Vélez.