Boletín nº 58 (25-03-2011)
III. Junta de Andalucia
Consejería de Empleo
Delegación Provincial de Córdoba
Nº. 2.391/2011
Código de Convenio número 14000642011982.
Visto el Texto de los Acuerdos adoptados el día 20 de enero de 2011, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de IBP ATCOSA S.L. por los que se aprueban las tablas y otros conceptos salariales para 2010, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.
A C U E R D A
Primero: Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Trabajo de Ministerio de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.
Segundo: Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 7 de marzo de 2011.- El Delegado Provincial de Empleo Junta de Andalucía, Antonio Fernández Ramírez.
REUNION DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE AMBITO DE EMPRESA DE IBP ATCOSA S.L. Y SUS TRABAJADORES CORRESPONDIENTE A LOS AÑOS 2009 Y 2010
En el día de hoy 20 de enero de 2011, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de IBP ATCOSA S.L. de acuerdo al artículo 4º del mismo, al objeto de actualizar las tablas salariales y otros conceptos salariales, en base al incremento del IPC real del 3,0% de 2010 sobre el IPC estimado del 2,1% para el año 2010.
Asisten las siguientes personas:
Por parte de la Empresa:
D. Roque Calvo Iranzo
D. César García Moreno
D ª Esther Pinilla Ruiz
Por parte de los Trabajadores:
D. José Luis Carmona Ruiz
D. Pedro Gómez Tirado
D. Antonio Rodríguez Pérez
En base al citado IPC real que fue del 3,0%, se procede a actualizar con efectos 1 de Enero de 2.010 las Tablas y otros conceptos salariales, según se indica en los Anexos.
Adicionalmente, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 24 del Convenio Colectivo, se procede al incremento del IPC real en un 0,5% y a su aplicación a las Tablas y otros conceptos salariales, según se indica en los Anexos.
Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta Acta de la reunión. Varias firmas ilegibles.
ANEXO I TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2010 después de IPC REAL del 3,0 % + 0,5% adicional en aplicación del artículo 24 del Convenio Colectivo. |
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Salario Base |
Incentivo |
Cuatrienio |
Nocturnidad |
Peón |
1.056,89 € |
433,44 € |
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15,85 € |
Especialista |
1.056,89 € |
552,71 € |
52,84 € |
15,85 € |
Oficial 3ª - Aux. Admón. |
1.060,22 € |
552,71 € |
53,01 € |
15,90 € |
Oficial 2ª- Oficial 2ª Admón. |
1.073,26 € |
552,71 € |
53,66 € |
16,10 € |
Oficial 1ª- Oficial 1ª Admón. |
1.085,72 € |
552,71 € |
54,29 € |
16,29 € |
Jefe de Equipo |
1.147,51 € |
574,57 € |
57,38 € |
17,21 € |
Encargado |
1.238,12 € |