Boletín nº 61 (30-03-2011)
III. Junta de Andalucia
Consejería de Empleo
Delegación Provincial de Córdoba
Nº. 2.549/2011
Código de Convenio número 14002222012004.
Visto el Texto de los Acuerdos adoptados el día 27 de enero de 2011, por la Comisión Paritaria del Convenio de la Empresa Cementerios y Servicios Funerarios Municipales de Córdoba (CECOSAM), por los que, entre otros, se aprueban las tablas salariales definitivas del año 2010, así como por las que han de regir durante 2011, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del servicio Andaluz de Empleo.
A C U E R D A
Primero: Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Trabajo de Ministerio de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.
Segundo: Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba a 11 de marzo de 2011.- El Delegado Provincial de Empleo Junta Andalucía, Antonio Fernández Ramírez.
ACTA DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CECOSAM
Asistentes:
Por el Comité de Empresa
María del Carmen López Manzano
Antonio Toledano Gutiérrez
Por Cecosam
José Cabrera Baena
Asesor:
José Marín Guerrero
En la ciudad de Córdoba, siendo las diez horas del día veintisiete de Enero de dos mil once, se reúnen los señores al margen relacionados, todos ello miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la empresa.
Abierta la sesión, se procede en primer lugar a la aprobación de las Tablas salariales definitivas del año 2010, así como las que ha de regir durante el año 2011, en base a los establecido en el artículo 39 del vigente convenio colectivo.
Tras la aportación del certificado emitido por el I.N.E. y la comprobación de que el I.P.C. real del año 2010 es del 3.00%, se procede a la aprobación de las tablas definitivas para el año 2010, así como las que regirán con el incremento pactado para el año 2011, en tanto se produzca el I.P.C. real para dicho año.
Las tablas mencionadas quedan como anexas a la presente acta, aprobándose, que las diferencias salariales que se han producido serán abonadas por la empresa en antes del 31 de marzo 2011.
La Comisión acuerda por último, autorizar a D. José Marín Guerrero, para la realización de los trámites precisos para la publicación de los presentes acuerdos.
Del mismo modo, la Comisión Paritaria, trata los asuntos relacionados con el artículo 30 del Convenio Colectivo, en cuanto al plus de asistencia del año 2010, y referido al artículo 46.
Igualmente y como último asunto, la Comisión trata la incidencia que se ha producido en relación con las retenciones de IRPF, aclarándose que los desvíos producidos, han sido debidos a los conceptos variables que se han introducido este año (plus de festivos), si bien se va a tratar de solventar realizando ajustes de forma mensual, lo cual en algún momento puntual podría acarrear algún retraso en la confección de los recibos de salarios.
Sin más asuntos que tratar se levantó la sesión siendo las once treinta, horas del día al encabezamiento expresado.
ANEXO III |
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TABLAS SALARIALES |
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Desde 01/1/2009 Hasta 31/12/2009 |
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2010 |
2011 |
Categorías |
Salario Base |
3% IPC |
2% a cuenta |
Encargado/a |
2183,91 |
2249,43 |
2294,42 |
Capataz |
1729,12 |
1780,99 |
1816,61 |
Oficial/a Polivalente |
1615,41 |
1663,87 |
1697,15 |
Oficial/a Administrativo/a |
1615,41 |
1663,87 |
1697,15 |
Peón Espec, Poliv, |
1539,63 |
1585,82 |
1617,54 |
Auxiliar Admón, |
1539,63 |
1585,82 |
1617,54 |
Portero/a-Recepcionista |
1463,81 |
1507,72 |
1537,88 |
Pluses y Complementos |
|||
Plus de Asistencia |
50,00 |
51,50 |
52,53 |
Plus Compensación |
69,55 |