Boletín nº 62 (31-03-2011)
III. Junta de Andalucia
Consejería de Empleo
Delegación Provincial de Córdoba
Nº. 2.550/2011
Código de Convenio número 14000145011982.
Visto el texto de los Acuerdos adoptados el día 16 de febrero de 2011, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector del Metal de la Provincia de Córdoba, por los que, entre otros, se aprueba el calendario laboral para 2011, las tablas salariales definitivas del 2010, así como la elección de Presidente y Secretario de la comisión Paritaria, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010 de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.
A C U E R D A
Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Trabajo de Ministerio de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la comisión Paritaria del Convenio.
Segundo.- Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, a 11 de marzo de 2011.- El Delegado Provincial de Empleo Junta Andalucía, Antonio Fernández Ramírez.
Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector del metal de la Provincia de Cordoba celebrada el día 16 de febrero de 2011.
ASISTENTES:
POR FEMECO
D. Alfredo Arroyo Gálvez.
Dª Inmaculada Gordillo Suárez.
D. José Manuel Rodríguez-Carretero Márquez
(invitado)
Dª Mª Ángeles Luis Fernández
POR CCOO:
D. Juan Miguel Aguilera Ramírez
D. Francisco Guardeño Espejo
D. J. Carlos Fernández Sánchez
POR UGT:
D. Jaime E. Sarmiento Díaz
D. Manuel Coca Obejo
En Córdoba siendo las 11 horas del día 16 de febrero de 2011, se reúnen los señores relacionados, miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector del Metal de la Provincia de Córdoba, en la sede social de FEMECO.
Abierta la sesión y conforme al punto 1º del Orden del Día, se procede a la firma del acta de la reunión anterior 07-05-2010 que al haberse enviado junto con esta convocatoria, es conocida por todos los asistentes.
Conforme al punto 2º del Orden del Día se aprueba y firma el calendario laboral para 2011 según el artículo 7 punto 2 del vigente convenio colectivo. Se transcribe textualmente:
Para aquellas empresas cuya jornada sea de ocho horas diarias de lunes a viernes ó 40 horas semanales, existe un exceso de jornada sobre la prevista en el Convenio Colectivo para el año dos mil once, y vendrán obligadas a compensar dicho exceso con 11 horas de descanso a aquellos trabajadores cuyo horario habitual de entrada sean las ocho horas y con 16 horas a los trabajadores cuyo horario de entrada habitual sean las 7 horas. (Cálculo realizado teniendo en cuenta las fiestas locales de la ciudad de Córdoba.)
En relación al punto 3º del Orden del Día se da a conocer a los reunidos el IPC publicado por el INE correspondiente al pasado año 2010, consistente en un 3,00 %, acordándose efectuar una revisión de todos los conceptos económicos contemplados en el texto del Convenio Colectivo correspondiente al año 2010, consistente en un 2,00 %, diferencia existente entre el 1% del IPC previsto para el año 2010, y el IPC resultante a 31 de diciembre de 2010.
Asimismo se acuerda que dicho incremento sea de aplicación desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2010. Se acompañan como anexo tablas salariales correspondientes al año 2010 incluyendo la repetida revisión del 2,00% y tablas en las que se señala la cuantía que supone el incremento del 2,00%.
Con respecto a la actualización de las tablas salariales para 2011 conforme al artículo 26 del convenio, al no haber acuerdo entre las partes respecto al IPC previsto a aplicar, a petición de la parte sindical, se pospone la actualización de dichas tablas para una próxima reunión de esta Comisión Paritaria.
Conforme al punto 4º del Orden del Día, se acuerda elevar a la Autoridad Laboral Competente los acuerdos de revisión aprobados, así como las tablas salariales correspondientes, a los efectos de su homologación y publicación en el «Boletín Oficial» de la Provincia y facultar a D. Diego Manuel Talavera Sánchez para que presente toda la documentación ante la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, ya sea documental o telemáticamente.
En relación con el punto 5º del Orden del Día, se procede a la elección de Presidente y Secretario de la Comisión Paritaria. Así se acuerda que la Presidencia de la misma recaiga en D. Juan Carlos Fernández Sánchez y la Secretaría en D. Jaime Sarmiento Díaz
Y no habiendo más asuntos de que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las 13 horas del día arriba indicado.
POR FEMECO. POR CCOO. POR MCA-UGT.
TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2010: IPC REAL 2010+0,75 (3%+0,75%) |
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Horas Extraordinarias |
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Conceptos Categorías |
Salario Convenio Mensual 14 pagas (Euros) |
Plus de Trans. 11 pagas (Euros) |
Comp. Pagas Extras Vacaciones 3 pagas (Euros) |
Antig. para 2009 1 Cuatrienio 14 pagas (Euros) |
Trabajo Incentivo Rend. Normal Art. 31 12 pagas (Euros) |
Días Laborales (Euros) |
Domingos o Festivos (Euros) |
GRUPO I |
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Ingeniero |
1.464,96 |
131,58 |
132,78 |
60,37 |
333,65 |
18,09 |
21,92 |
Analista Informático |
1.415,24 |
131,58 |
132,78 |
58,58 |
323,72 |
17,49 |
21,23 |
GRUPO II |
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Ingeniero Técnico (Perito) |
1.415,24 |
131,58 |
132,78 |
58,58 |