Boletín nº 62 (31-03-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 2.657/2011
Aprobada inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de octubre de 2010, la modificación del Reglamento para la concesión de los Premios de Turismo Ciudad de Lucena que figura como anexo, y no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna dentro del plazo de información pública y audiencia a los interesados, se entiende definitivamente adoptado dicho acuerdo conforme a lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se considere procedente.
Lucena, 11 de marzo de 2011. El Alcalde, José Luis Bergillos López.
ANEXO
Artículo 5º.- Bienalmente se otorgarán un máximo de tres premios, con las siguientes modalidades:
- Premio de Turismo Ciudad de Lucena en reconocimiento a una carrera profesional.
- Premio de Turismo Ciudad de Lucena a la difusión de los valores turísticos de la ciudad.
- Premio de Turismo Ciudad de Lucena.