Boletín nº 64 (04-04-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de la Presidencia
Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 2.816/2011

Intentada la notificación en el último domicilio conocido de la ciudadana extranjera Sonia Yadira Saavedra Galán, nacional de Méjico, con NIE Y-0190771T, y nº de expte. 140020090001774 sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. La Resolución y la correspondiente tasa obran en la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba.

El objeto de la notificación es una Resolución de la Oficina de Extranjeros que copiada literalmente dice lo siguiente:

Con fecha 26 de junio de 2009 este Centro dictó una Resolución reconociendo el derecho a la tarjeta de familiar de residente comunitario a la ciudadana mejicana Dª Sonia Yadira Saavedra Galán, con NIE Y-0190771T, derecho reconocido sobre la base del matrimonio celebrado con el ciudadano español D. José Jiménez Guerrero, al amparo del entonces vigente Real decreto 178/2003, de 14 de febrero, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Con fecha 8 de febrero de 2011 la Oficina de Extranjeros de Barcelona informa de la disolución del vínculo conyugal por divorcio decretado en sentencia núm. 32/2010, de 14 de abril, dictada por el Juzgado de violencia sobre la Mujer núm. 1 de Córdoba.

Considerando que el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, ya citado, es aplicable, a los cónyuges de ciudadanos de la Unión Europea siempre que no exista el divorcio de los mismos, y que el artículo 14 del Real Decreto 240/2007 condiciona la vigencia de las tarjetas al hecho de que su titular continúe encontrándose en alguno de los supuestos que dan derecho a su obtención, imponiendo la obligación de comunicar el cambio de circunstancias.

Por lo expuesto, vistos los textos legales citados y de acuerdo con las competencias atribuidas en la Disposición Adicional Primera del real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, que me han sido conferidas resuelvo lo siguiente:

Extinguir la tarjeta de familiar de residente comunitario concedida a la ciudadana mejicana Sonia Yadira Saavedra Galán, con efectos desde el 14/04/2010.

Recursos

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma el interesado puede utilizar uno de los siguientes medios impugnatorios:

- Recurso Potestativo de Reposición, que podrá interponerse ante el mismo órgano que lo dictó, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución. Contra la resolución expresa o presunta podrá interponerse el Recurso Contencioso-Administrativo.

- Recurso Contencioso-Administrativo: En el supuesto de que no haga uso del Recurso de Reposición, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de los Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

Se entiende como fecha de notificación la de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba 8 de febrero de 2011.- La Jefa de la Oficina de Extranjeros, Araceli Avilés Mora.- El Secretario General, José Antonio Caballero León.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad