Boletín nº 64 (04-04-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Jaén

Nº. 2.855/2011

Doña Natividad Ruiz-Rico Ruiz-Morón, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Jaén, hace saber:

Que en los Autos seguidos en este Juzgado bajo el número 31/2011, a instancia de la parte actora don Manuel Generoso Torres contra Marlina S.L. y Promarsal S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de 11 de marzo de 2011 del tenor literal siguiente:

S.Sª. Iltma. dijo: Procédase a la ejecución de la Sentencia por la suma de 8.813,97 euros en concepto de principal, más la de 881,39 euros calculados para intereses y gastos, a favor de Manuel Generoso Torres frente a Marlina S.L. y Promarsal S.L.

Procédase a dictar Decreto por la Secretaria Judicial donde consten las medidas ejecutivas concretas incluso el embargo de bienes si fuera posible.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de las ejecutadas a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta Resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Y para que sirva de notificación a las demandadas Marlina S.L. y Promarsal S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en Estrados, salvo las que deban revestir la forma de Auto, Sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 11 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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