Boletín nº 65 (05-04-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Benamejí
Nº. 3.255/2011
En cumplimiento de lo dispuesto del art. 169.1 por remisión del art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 9 de febrero de 2011, de modificación de presupuesto número 1/2011 mediante la modalidad de de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:
A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:
CLAS. FUN. |
CLAS. ECON. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
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333 |
627.00 |
EQUIPAMIENTO C.I. MUSEO DE BENAMEJÍ. |
20.253,60 |
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152 |
681.01 |
DERRAMA UNICA 2010 |
31.080,48 |
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333 |
622.02 |
OBRA MUSEO PLAZA CONVENTO |
11.353,13 |
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161 |
623.03 |
MOTOR Y BOMBA SUMERGIBLE |
7.565,83 |
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342 |
622.02 |
OBRA LOCALES PABELLÓN DEPORTIVA |
1.745,84 |
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342 |
622.19 |
LEGALIZACIÓN CAMPO DE TIRO |
1.566,51 |
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TOTAL |
73.565,39 |
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B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN:
CLAS. ECON. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
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870.10 |
REMANENTE PARA GASTOS CON FINANCIACIÓN AFECTADA. |
73.565,39 |
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TOTAL |
73.565,39 |
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Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Benamejí a 21 de marzo de 2011.- El Alcalde, José Ropero Pedrosa.