Boletín nº 66 (06-04-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 1
Córdoba
Nº. 2.911/2011
Don Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 253/2009 a instancia de la parte actora D. Francisco Javier Medina Rodríguez contra R.L.A. Electricidad Cordoba S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
Dispongo
Declarar al ejecutado R.L.A. Electricidad Cordoba S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 6.881,82 € de indemnización, más 1.376,36 € presupuestados que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.
Modo de Impugnación.- Podrá
interponerse Recurso Directo de Revisión ante quien dicta
esta resolución mediante escrito que deberá expresar
la infracción cometida a juicio del recurrente, en el
plazo de cinco días hábiles siguientes a su
notificación. (Art. 186 y 187 de la LPL). El recurrente
que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de
régimen público de la Seguridad Social deberá
hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene
abierta en Banesto, cuenta nº 1444/0000/64/0253/2009,
debiendo hacer constar en el campo concepto, la
indicación "recurso". Si efectuare diversos pagos en la
misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o
distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha
de la resolución recurrida, utilizando el formato
dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el
Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas,
las Entidades locales y los Organismos autónomos
dependientes de ellos.
El Secretario Judicial
Y para que sirva de notificación al demandado R.L.A. Electricidad Córdoba S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Cordoba, a 17 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial, firma ilegible.