Boletín nº 66 (06-04-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 2.911/2011

Don Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número  253/2009 a instancia de la parte actora D. Francisco Javier Medina Rodríguez contra R.L.A. Electricidad Cordoba S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha  del tenor literal siguiente:

Dispongo

Declarar al ejecutado R.L.A. Electricidad Cordoba S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 6.881,82 € de indemnización, más 1.376,36 € presupuestados que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Modo de Impugnación.- Podrá interponerse Recurso Directo de Revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en Banesto, cuenta nº 1444/0000/64/0253/2009, debiendo hacer constar en el campo concepto, la indicación "recurso". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos autónomos dependientes de ellos.
El Secretario Judicial

Y para que sirva de notificación al demandado R.L.A. Electricidad Córdoba S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Cordoba, a 17 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial, firma ilegible.

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