Boletín nº 67 (07-04-2011)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia
Delegación Provincial de Córdoba

Nº. 2.662/2011

Resolución de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía por la que se concede Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto a Instalación Eléctrica de Distribución de alta tensión.

Expediente Nº AT 29/69

Antecedentes:

Primero: Endesa Distribución Eléctrica S.L.U., con domicilio a efectos de notificación en Sevilla, Avda. de la Borbolla nº 5 y C.P. 41004, solicita ante esta Delegación Provincial Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para la instalación eléctrica de alta tensión recogida en el proyecto denominado Proyecto de desmantelamiento y cierre de instalación de la línea aérea a 66 kv D/C subestación europapel desde la línea a 66 kv Torrecillas-Casillas en Córdoba, en el término municipal de Córdoba, con la finalidad de proceder al desmantelamiento y cierre definitivo de dicha instalación, la cual tiene asignado el número de expediente AT 29/69.

Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Tercero: En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 135 del anteriormente citado Real Decreto 1.955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto anuncio en el BOP de Córdoba número 220 de fecha 22 de noviembre de 2010, sin que se produjesen alegaciones en el plazo legalmente establecido.

Cuarto: Igualmente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 127 del RD 1.955/2000 y con fecha 6 de octubre de 2010, se remitió separata del proyecto aportado al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba como Organismo afectado, con reiteración a dicho organismo en solicitud de condicionado el 8 de noviembre de 2010, contestando con condicionado el 18 de noviembre de 2010 que fue remitido a Endesa Distribución Eléctrica S.L.U. mediante escrito de fecha 24 de noviembre 2010 dando dicha empresa su conformidad al mismo mediante escrito de fecha 17 de febrero de 2011.

Quinto: Por el Jefe del Departamento de Energía del Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial ha sido emitido informe favorable sobre la solicitud de autorización presentada. 

Fundamentos de Derecho

Único: Esta Delegación Provincial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4.164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decretos del Presidente nº 14/2010 de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y nº 134/2010, de 13 de abril, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas. 

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, propone: 

Conceder a Endesa Distribución Eléctrica S.L.U., con CIF B-82846817 y domicilio a efectos de notificación en Sevilla, Avda. de la Borbolla nº 5 y código postal 41004, Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto, para la instalación eléctrica de alta tensión recogida en el proyecto denominado Proyecto de desmantelamiento y cierre de instalación de la línea aérea a 66 kv D/C subestación europapel desde la línea a 66 kv Torrecillas-Casillas en Córdoba, en el término municipal de Córdoba, con la finalidad de proceder al desmantelamiento y cierre definitivo de dicha instalación, cuyas principales características serán:

Descripción del Proyecto

a) Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica SL. (unipersonal) con C.I.F. nº B-82.846.817, domiciliada a efectos de notificaciones en Sevilla, Avda. de la Borbolla nº 5 y C.P. 41004.

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Entre el apoyo nº 57 de la línea a 66 kV S/C Torrecillas-Casillas y la Subestación Europapel, en el término municipal de Córdoba.

c) Alcance:

Desmantelamiento de línea aérea MT D/C E/S  

Origen: Apoyo nº 57 de la línea a 66 kV S/C Torrecillas-Casillas.

Final: Subestación Europapel.

T. Municipal: Córdoba.

Longitud: 140 m.

Tipo: Aérea, D/C.

Tensión: 66 kV.

Frecuencia: 50 Hz.

Conductor: Desnudo de aluminio-acero, denominación LA-180.

Apoyos: 1 apoyo metálico de celosía galvanizado.  

Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 128 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen y las especiales siguientes 

1. Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros. 

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

3. El plazo de ejecución de las obras será de 12 meses contados a partir de la presente Resolución.

4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión de acta de cierre. Se adjuntará a la solicitud de cierre, certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional.

5. Durante la ejecución del proyecto, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.

6. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.

7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes. 

Propuesto:

El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, R. Manuel Ángel López Rodríguez.

Vista la anterior Propuesta de Resolución, esta Delegación Provincial resuelve elevarla a definitiva:

De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común antes citada. 

Resuelve:

Córdoba 8 de marzo de 2011.- La Directora General de Industria, Energía y Minas (p.d.

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad