Boletín nº 68 (08-04-2011)
II. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo
e Inmigración
Dirección Provincial de la Tesorería General de
la Seguridad Social
Administración número 1
Córdoba
Nº. 2.945/2011
Don José Manuel Zafra Ordóñez, Director de la Administración Nº 1 de la Tesorería General de la Seguridad Social en Cordoba, hace saber:
Esta Administración de la Seguridad Social, a fin de tramitar las solicitudes de baja de los afiliados al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (R.E.T.A.) que a continuación se relacionan, ha remitido a los mismos la petición de documentación que se indica:
Nº Afiliación.- Nombre y Apellidos.
140048670452; Bartolomé Murillo Castillejo.
Documentos Solicitados:
-Indicación del continuador de la actividad y documento que lo acredite:
1.- Si es familiar hasta segundo grado deberá aportar libro de familia.
2.- Si ha arrendado las tierras: Contrato de arrendamiento.
3.- Si ha vendido las tierras: Contrato de compraventa.
4.- Si las tierras no eran de su propiedad: Declaración del titular de haber finalizado el arrendamiento.
5.- Si ha concedido poder a terceras personas: Poder Notarial.
6.- Libro de explotación ganadera (sólo en los casos de actividad ganadera).
Se le comunica que si dichos documentos no obran en poder de esta Administración en el plazo máximo de diez días, contados a partir de la recepción del presente escrito, se le podrá declarar decaído en su derecho de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del día 27).
Intentada sin efecto la notificación en el domicilio que consta en esta Administración, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y el Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto.
Córdoba, a 16 de marzo de 2011.- El Director de la Administración, José Manuel Zafra Ordóñez.