Boletín nº 72 (14-04-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba
Nº. 3.269/2011
No habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de aprobación de la modificación de la ordenanza de la tasa por prestación del servicio de cine municipal, aprobada por este Ayuntamiento, con carácter inicial, en sesión plenaria celebrada el 13 de enero de 2011, cuyo acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, número 28, de fecha 10 de febrero de 2011, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, conforme al artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo, a partir de la publicación de este anuncio en el BOP, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Seguidamente se procede a la publicación íntegra del citado artículo:
Cuota Tributaria.
Artículo 6.-
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
Tarifa 1. Cine Municipal.
Concepto.- Euros.
Entrada; 3,00.
La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de su texto definitivamente aprobado.
Villanueva de Córdoba, 24 de marzo de 2011.- La Alcaldesa, Dolores Sánchez Moreno.