Boletín nº 72 (14-04-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 4
Córdoba
Nº. 3.337/2011
Doña Carmen de Troya Calatayud, Secretaria del Juzgado de Instrucción Número cuatro de Córdoba, certifico:
Que en el Juicio de Faltas nº Inmediato 23/11 que se tramita en este Juzgado por hurto, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallo.- Que debo condenar y condeno a D. Raducanu Navigatia, como responsable a título de autor de una falta intentada de hurto del art. 623.1 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, con cuota diaria de tres euros (3 €), con pena sustitutoria de quince días de localización permanente para caso de que no pagare la multa en el término único de cinco días desde la fecha de requerimiento que al efecto se practique en ejecución de sentencia, al pago de las costas causadas en esta instancia, así como a que indemnice al perjudicado Mercadona S.A., en la suma de siete euros, con sesenta y cuatro céntimos (7,64 €), la cual devengará el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de dictado de esta sentencia hasta su completo y definitivo pago.
Publíquese la sentencia, llevándose el original al Libro de sentencias y dejando testimonio en las presentes actuaciones, la cual se notificará a las partes instruyéndoles de que contra la misma cabe Recurso de Apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, que deberá interponerse mediante escrito motivado en la forma a que se refiere el art. 976.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el improrrogable término de cinco días, a contar desde la fecha de notificación de la sentencia.
Procédase a dar el destino legal a los efectos intervenidos
Firmado y rubricado. Ilegible.
Para que conste y sirva de notificación a Raducanu Navigatia, que se encuentra en ignorado paradero, a través del Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Córdoba a 25 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.