Boletín nº 74 (18-04-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 3.129/2011
Doña Carmen López Prieto, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de la villa de Puente Genil, certifica:
Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 22 de marzo de 2010, según consta en el borrador del acta pendiente de aprobación, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Punto noveno.- Aprobación Proyecto de Actuación para implantación de Taller para Reparación de Vehículos Rama Neumáticos, en Ctra. A-318 km. 9,800, Polígono 25, Parcela 10.
Dada cuenta del dictamen emitido por la Comisión Informativa de Obras y Urbanismo Municipal, en sesión celebrada el día 09 de marzo de 2.010, punto séptimo A) del orden del día, que copiado es así:
"Punto séptimo: Asuntos de Urbanismo.
A). Proyecto de Actuación 2009/4.- Recibido informe de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, Delegación Provincial de Córdoba de fecha 16/02/2010, fecha de registro de entrada en este Ayuntamiento 19/02/2010, número 1896, en relación con el expediente referenciado promovido por Eurocarcasa, SL, para implantación de taller para reparación de vehículos rama neumáticos, en ctra. A-318 km. 9,800, polígono 25, parcela 10, en el procedimiento de aprobación del proyecto de actuación con las siguientes observaciones:
En el trámite de concesión de licencia se deberá asegurar la vinculación de la superficie a la actividad prevista, del total de la parcela, conforme al art. 67. d) de la LOUA, así como la obtención de cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de al legislación sectorial aplicable, en especial la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Finalmente el promotor de la actuación deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con lo regulado en el art. 42.5. D.c.
La Comisión acuerda, por unanimidad de los miembros asistentes, lo siguiente:
Informar favorablemente:
1º.- La Resolución motivada, para su aprobación por el Ayuntamiento Pleno, del Proyecto de Actuación referenciado con las observaciones arriba transcritas.
2º.- Publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
3º.- El propietario deberá constituir garantía por importe del 10% de la inversión, excluida maquinaria y equipos conforme a lo dispuesto en el art. 52.4 párrafo 1 de la L.O.U.A, así mismo deberá abonar la prestación compensatoria por importe del 10% del importe total de la inversión con las mismas exclusiones señaladas para la garantía, que se devengará con motivo del otorgamiento de la preceptiva licencia urbanística y posterior a la Resolución que se adopte en el presente procedimiento, conforme a las determinaciones del art. 52.5 de la L.O.U.A.
4º.- La actuación para la que ahora se solicita la pertinente autorización tendrá la duración de 50 años fijados como duración cualificada urbanística de los terrenos. Transcurrido dicho plazo cesará la vigencia de dicha cualificación, a no ser que sea objeto de renovación".
El Ayuntamiento Pleno en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son dieciocho de los veintiuno que lo componen, acordó aprobar el dictamen trascrito".
Y para que conste, y surta efectos se expide la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Puente Genil a 25 de marzo del año 2010.- V.° B.° El Alcalde, firma ilegible.