Boletín nº 74 (18-04-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Jaén

Nº. 3.463/2011

Doña María Asunción Sáiz de Marco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Jaén, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 452/2010 a instancia de la parte actora Dª Rocío González Ojeda contra Fogasa, Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L. sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 16/3/11 del tenor literal siguiente: 

Fallo  

Que estimando la demanda interpuesta por doña Rocío González Ojeda frente a las empresas Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L., debo condenar y condeno solidariamente a las empresas a pagar a la actora la cantidad de 1.09927 euros mas el interés del 10% anual de dichas cantidades.

Sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder al Fondo de Garantía Salarial, de acuerdo con lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico.  

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe Recurso alguno. 

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. 

Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de la fecha, cuando S.Sª, se encontraba celebrando audiencia pública en la Sala de este Juzgado, de todo lo cual yo la Secretaria, doy fe.

La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L. y actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia Jaén y Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 17 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad