Boletín nº 75 (19-04-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de la Presidencia
Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 3.567/2011

Intentada la notificación en el último domicilio conocido de la Resolución de Denegación de la Autorización de Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales, relativa a la solicitud formulada por el ciudadano extranjero Mohamed Traore, nacional de Mali, con NIE X7327891E, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

El objeto de la notificación es un escrito de la Oficina de Extranjeros que copiado literalmente dice lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y 45 y siguientes del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley Orgánica, esta Subdelegación del Gobierno, en virtud de las competencias que le son atribuidas por la Disposición Adicional Primera del Real Decreto indicado, resuelve:

Declarar el desistimiento de la solicitud de Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales y ordenar el archivo del expediente, al concurrir los motivos que se exponen:

Observada la falta de documentación imprescindible para la tramitación de la solicitud indicada, se requiere con fecha 09/11/2010 y al no haberse podido notificar, de conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dicha notificación se ha publicado en el BOP con fecha 11/01/2011 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba con fecha 17/01/2011, conforme a lo establecido en el artículo 51 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, que establece el desistimiento de la petición en el caso de no aportar en plazo los documentos preceptivos.

También existe una causa de inadmisión a trámite no apreciada en el momento de la recepción de la solicitud, por constarle una Resolución de expulsión del territorio nacional (Disp. adicional cuarta Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero), dictada por la Delegación de Gobierno de Melilla de fecha 29/03/2006, notificada el 14/04/2006, con prohibición de entrada en España durante tres años.

Asimismo, se advierte a el/la extranjero/a que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.3.c de la Ley Orgánica 4/2000 citada, en relación con el artículo 158 del Real Decreto 2393/2004, deberá abandonar el territorio español en el plazo máximo de quince días, contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante este Centro en el plazo de un mes, siendo también de un mes el plazo máximo para resolver, transcurrido el cual se entenderá desestimado, o bien podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, de conformidad con lo dispuesto en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. En ambos casos, el plazo para recurrir se contará desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución.

Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 22 de febrero de 2010.- El Subdelegado del Gobierno, Jesús María Ruiz García.- El Secretario General, José Antonio Caballero León.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad