Boletín nº 76 (20-04-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de La Victoria
Nº. 3.602/2011
En sesión de Pleno de fecha 28 de marzo de 2011, se acordó por un lado derogar las Ordenanzas siguientes:
. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por utilización privativa de la vía pública por tráfico de ganado
. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos.
. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por suscripción y publicación en el Boletín de información municipal.
. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por utilización del servicio de Internet.
. Ordenanza Fiscal Reguladora del precio público por la prestación del servicio de Ludoteca.
. Ordenanza Fiscal Reguladora del precio público por utilización del servicio de fax.
. Ordenanza Fiscal Reguladora del precio público por la prestación de actividad con maquinaria.
. Ordenanza Reguladora de licencias de apertura de establecimientos
. Ordenanza de circulación.
. Ordenanza Municipal de Mercado.
Por otro modificar inicialmente las Ordenanzas:
. Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Cementerio Municipal.
. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por servicios Urbanísticos y Cartográficos.
. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el servicio de Guardería Infantil.
Y por ultimo la imposición y aprobación inicial de la Ordenanza:
. Ordenanza Fiscal Reguladora de precios públicos por la prestación del Servicio de Aula Matinal y Actividades Extraescolares.
. Ordenanza Reguladora de la Apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas
. Ordenanza Municipal de Tráfico.
De acuerdo con el art. 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, se publica durante el plazo de treinta días, a efectos de posibles alegaciones.
Si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo
La Victoria a 4 de abril de 2011. El Alcalde, Fdo. José Abad Pino.