Boletín nº 76 (20-04-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.618/2011

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber: 

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 46/2011 dimanante de los autos núm. 581/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales de R/ Cantidad, a instancia de Pablo Gil Urbano contra Euro Autocor 2016 S.L., en la que con fecha se ha dictado Auto de 31-03-2011, cuya parte dispositiva literalmente dice: 

""S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la Sentencia frente a Euro Autocor 2016 S.L. por la suma de 1.906,74 euros de principal, más 114,40 euros de intereses y 190,67 euros presupuestados provisionalmente para gastos y costas del procedimiento y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de diez días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Expídase testimonio de la Resolución de Insolvencia de fecha 19-10-11 dictado en autos número 460/10, 543/10 y 546/10 (Acumulados), Ejecutoria número 180/2010 y únase a las presentes actuaciones a los efectos oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Arturo Vicente Rueda, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe. 

El/La Magistrado-Juez.          El/La Secretario/a"". 

Y para que sirva de notificación en forma a Euro Autocor 2016 S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba a 31 de marzo de 2011. La Secretaria Judicial, Fdo.: Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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