Boletín nº 79 (27-04-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 4.073/2011

Con fecha 7 de abril de 2011, el Excmo. Sr. Alcalde dictó el Decreto nº 3646, del tenor literal siguiente: 

En uso de las facultades que le confieren los artículos 7, 124 y siguientes de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, artículos 145 del Reglamento Orgánico General del Ayuntamiento de Córdoba, artículos 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás legislación concordante, vengo en:

Primero: Delegar en D. David Luque Peso, Concejal Delegado de Recursos Humanos, Salud Laboral y Relaciones Institucionales, la Presidencia del Consejo de Administración del Órgano Especial de Administración Medios de Comunicación. 

Segundo: Notificar al interesado, recabando su aceptación, que se entenderá tácitamente otorgada si en el plazo de tres días no hiciera manifestación contraria. 

Tercero: Notificar a la Sra. Interventora General y al Sr. Tesorero, en cuanto Claveros Municipales y a las Entidades bancarias, a los efectos de autorización de firmas y Claveros, en lo referente a la ordenación de pagos y disposición de fondos.

Cuarto: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y dar cuenta a la Junta de Gobierno Local y al Pleno Corporativo, en la primera sesión que celebren dichos Órganos, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha. Córdoba, 7 de abril de 2011. El Alcalde, Andrés Ocaña Rabadán. 

Córdoba, 14 de abril de 2011.- El Alcalde, Andrés Ocaña Rabadán.

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