Boletín nº 80 (28-04-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Fernán Núñez

Nº. 3.741/2011

Isabel Niñoles Ferrández, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de esta villa de Fernán Núñez, (Córdoba), hace saber:

Terminado el plazo de exposición al público de la modificación de la ordenanza por Tasa de Cementerio Municipal, sin que se haya formulado reclamación u observación alguna, se publica el nuevo Epígrafe que ha sido incluido en su redacción: 

TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL  

Artículo 6º.- Cuota Tributaria.

La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente Tarifa: 

Epígrafe 1: Asignación de Bovedillas a perpetuidad  

1° y 2° Planta: 679,30 €

3° Planta: 630,63 €

4° Planta: 582,12 €

Epígrafe 2: Asignación de columbarios a perpetuidad: 349,18 euros

Epígrafe 3: Asignación de sepultura a perpetuidad: 3.000,00 euros

Epígrafe 4: Asignación de terreno para construcción de Sepulturas, Panteones a perpetuidad.

- m2 de sepultura: 498,11 €

- m2 de panteones: 1.802,70 €

Epígrafe 5: Inhumaciones.

- Inhumación de cadáver en Bovedilla: 44,77 €

- Inhumación de cadáver en Sepultura: 91,98 €

- Inhumación de cadáver en Panteón: 128,63 €

- Inhumación de restos humanos, en columbario: 14,48 €

- Inhumación de restos humanos, cualquiera que sea su número en Bovedilla: 23,62 €

- Inhumación de restos humanos, cualquiera que sea su número en Sepultura: 46,36 €

- Inhumación de restos humanos, cualquiera que sea su número en Panteón: 65,18 €

- Exhumación con reducción de restos: 133,40 € 

Epígrafe 6: Exhumaciones y Traslados.

- Exhumación primer año: 133,40 €

- Exhumación segundo año: 72,13 €

- Exhumación tercer al quinto año: 56,49 €

- Sin Intervención de autoridades: 33,03 €

- Traslado a otras poblaciones: 22,89 € 

Epígrafe 7: Transmisiones y cambios de titularidad sólo entre familiares y hasta el tercer grado de consanguinidad y primero de afinidad máximo.

- Familiares de primer grado Columbarios: 8,38 €

- Familiares de primer grado Bovedillas: 8,38 €

- Familiares de primer grado Sepulturas: 9,71 €

- Familiares de primer grado Panteón: 19,71 €

- Familiares de segundo grado Columbarios: 8,38 €

- Familiares de segundo grado Bovedillas: 11,15 €

- Familiares de segundo grado Sepulturas: 23,32 €

- Familiares de segundo grado Panteón: 46,50 €

- Familiares de tercer grado Columbarios: 23,19 €

- Familiares de tercer grado Bovedillas: 44,04 €

- Familiares de tercer grado Sepulturas: 91,26 €

- Familiares de tercer grado Panteón: 184,82 €

En relación con los epígrafes 1º y 2º, y 3ª el derecho que se adquiere mediante el pago de esta tarifa es el de uso de bovedilla, sepultura o panteón, no significando la denominación propiedad civil del terreno, puesto que se trata de una concesión administrativa de bienes de dominio o uso público recogida en el Reglamento de Bienes (art. 74 y ss.) o el Reglamento de Servicios de las Entidades Locales respectivamente.

Tendrán derecho de ocupación de bovedillas, sepulturas y panteones el adquirente, su cónyuge, sus ascendientes y descendientes directos. No obstante podrán inhumarse cadáveres o restos mortales que no reúnan los condiciones indicadas a cerca del adquirente con la autorización de éste y previo pago de la tarifa que marca la ordenanza.

Las bovedillas, sepulturas y panteones asignados a perpetuidad que permanezcan por período de 10 años carentes de cuidado y atención y presentan muestras exteriores de deterioros y abandonos, previa búsqueda de las personas interesadas, podrá acordarse por el Ayuntamiento dejar sin efecto la concesión pudiendo disponer del traslado de los restos mortales que contenga a otro lugar del cementerio, o con la colocación de la correspondiente inscripción para su localización.

Fernán Núñez, 6 de abril de 2011.- La Alcaldesa, Isabel Niñoles Ferrández.

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