Boletín nº 81 (29-04-2011)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 2.940/2011

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en Sesión ordinaria celebrada el día 3 de marzo de 2011, en relación con el Proyecto de Actuación del Parque Fotovoltaico Casillas II, por unanimidad, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el proyecto de actuación Parque Solar Fotovoltaico Casillas II sobre los terrenos correspondientes al Polígono 1, Parcelas 49, 50 y 54 del término municipal de Córdoba, promovido por Solar Fotovoltaica Casillas Dos S.L.

SEGUNDO: Publicar la resolución en el BOP de conformidad con lo previsto en el artículo 43.1f. de la LOUA y comunicar el acuerdo de resolución del expediente conforme a lo previsto en el artículo 43.1e y f de la LOUA a la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía.

TERCERO: Abonar la prestación compensatoria correspondiente al 5% del importe total de la inversión con exclusión de maquinarias y equipos, devengándose con el otorgamiento de la preceptiva licencia urbanística, sin perjuicio de las posibles bonificaciones, aplazamientos o fraccionamientos que pudieran resultar de aplicación conforme a la Ordenanza Municipal reguladora de la prestación económica por el uso y aprovechamiento del suelo no urbanizable, conforme a las determinaciones del artículo 52.52 de la LOUA.

CUARTO: La actuación para la que ahora se solicita la pertinente autorización tendrá una duración de 50 años, transcurrido dicho plazo cesará la vigencia de dicha cualificación, pudiendo ser objeto de renovación.

QUINTO: Advertir al promotor que deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con lo regulado en el artículo 42.5 D.c) de la LOUA, debiendo asegurar la vinculación de la superficie, a la actividad prevista, del total de la parcela, conforme en el artículo 67.d) de la LOUA, así como la obtención de cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable, especialmente las reguladas en la Ley 7/2002, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Córdoba, 11 de marzo de 2011. El Gerente, Fdo.: Francisco Paniagua Merchán.

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