Boletín nº 85 (06-05-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 4.065/2011
Por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 14 de abril de 2011, se ha resuelto lo siguiente:
DECRETO 150/2.011.-
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al art. 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Visto que el único licitador tiene parentesco por consanguinidad en 2º grado con el Sr. Alcalde-Presidente.
Razones de oportunidad aconsejan esta Delegación especial para sustituir al Alcalde, en la tramitación del contrato patrimonial de arrendamiento urbano de vivienda destinada a establecer una vivienda tutelada para mayores, hasta su finalización. (Exp 4/02/2011), por concurrir causa de abstención legal, prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que reza así: Artículo 28. Abstención.
1. Las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el número siguiente de este artículo se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
2. Son motivos de abstención los siguientes:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los arts. 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad, por la presente he resuelto:
Primero.- Abstenerme de intervenir en la tramitación del contrato patrimonial de arrendamiento urbano de vivienda destinada a establecer una vivienda tutelada para mayores, hasta su finalización, Exp 4/02/2011.
Segundo.- Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, D. Francisco J. Palma Varo, para la tramitación del contrato patrimonial de arrendamiento urbano de vivienda destinada a establecer una vivienda tutelada para mayores, hasta su finalización. (Exp 4/02/2011).
Tercero.- Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera a 14 de abril de 2011.- El Alcalde, Francisco Paniagua Molina.