Boletín nº 88 (11-05-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Palma del Río
Nº. 3.532/2011
El Ayuntamiento-Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 febrero de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Sexto.- aprobación proyecto de actuación para un área de entretenimiento y cuidado de animales domésticos.-
Los reunidos, por unanimidad, con los votos a favor de PSOE (12), PP (4), PA (3) e IU-LV-CA (2), que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan:
Primero.- Aprobar el Proyecto de Actuación en Suelo No Urbanizable de Carácter Natural o Rural, Lomas de Campiña, promovido por Tiromalpica, S.L., para la Implantación de un Área de Entretenimiento y Cuidado de Animales Domésticos en Parcela 251 del Polígono 7, DS Diseminados 32 de La Algaba, Finca Registral 19300, Referencia Catastral 14049A007002510000IM, con los siguientes condicionamientos:
1.- Se vincula la superficie total de la parcela a la actividad prevista, conforme al art. 67.d) de la LOUA, así como a la obtención de cuantas autorizaciones e informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable, en especial las reguladas en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
2.- Se ha de dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por el promotor de la actividad constituida según el art. 42.5.D) de la LOUA por:
- Las correspondientes a los deberes legales derivados del régimen del Suelo Urbanizable Lomas de Campiña.
- Al pago de la prestación compensatoria resultante de la aplicación del 10% sobre los costes de la inversión a realizar según el Proyecto, excluida la correspondiente a maquinaria y equipos y que se devengará al otorgamiento de la licencia preceptiva, y se destinará al Patrimonio Municipal del Suelo, de conformidad con lo establecido en el art. 52.5 de la LOUA.
- El propietario deberá asegurar la prestación de la garantía por cuantía mínima del diez por ciento del importe para cubrir los gastos que pudieran derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos, de conformidad con el art. 52.5 de la LOUA, y que se fijará en la Licencia de Obras.
- Solicitar la licencia de Obras en el plazo máximo de un año a contar desde la adopción del presente Acuerdo.
Segundo.- Remitir certificación del presente acuerdo a la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía a los efectos que procedan.
Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los interesados y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 43.1.f) de la LOUA.
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Palma del Río a 30 de marzo de 2011.- El Segundo Teniente de Alcalde. P.D. del Sr. Alcalde-Presidente, Francisco J. Domínguez Peso.