Boletín nº 103 (01-06-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Jaén

Nº. 4.930/2011

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Jaén, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 450/2010, sobre Social Ordinario, a instancia de José García Rodríguez contra Marlina S.L. Fogasa y Promarsal Andalucía S.L. en la que con fecha se ha dictado Sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Fallo 

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don José García Rodríguez a las empresas Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L., debo condenar de 1.459,52 euros más el interés del 10% anual de dichas cantidades.

Sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder al Fondo de Garantía Salarial, de acuerdo con lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Granada del Tribunal Superior de Justicia, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social nº 1 de Jaén en los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de la fecha, cuando S.Sª se encontraba celebrando audiencia pública en la Sala de este Juzgado, de todo lo cual yo la Secretaria, doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L. cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletines Oficiales de las Provincias de Jaén y Córdoba con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Jaén, a 4 de mayo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad