Boletín nº 105 (03-06-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de El Carpio
Nº. 5.010/2011
Teniendo conocimiento que las personas que a continuación se relacionan, han dejado voluntariamente el domicilio en el que figuraban empadronados, desconociéndose si han solicitado el alta en el padrón Municipal de otro municipio, al no haber recibido este Ayuntamiento comunicación alguna, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento.
Jesús Solera Martínez, C/ Morente nº 32
Antonio Ayllón Romero, Ctra. Romana nº 12
Intentada la notificación en el último domicilio conocido, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Durante el plazo de quince días, contados desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial, el interesado podrá presentar en este Ayuntamiento los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
Transcurrido el plazo señalado sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo establecido en el apartado II-1-c.2 de la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal.
En El Carpio a 16 de mayo de 2011.- El Alcalde, Alfonso Benavides Jurado.