Boletín nº 105 (03-06-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Villa del Río

Nº. 5.104/2011

"Don Bartolomé Ramírez Castro, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Villa del Río (Córdoba).

Decreto.- Por el que se declara la caducidad de las inscripciones padronales de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no han renovado su inscripción padronal y la correspondiente baja en el Padrón municipal de habitantes.

Resultando.- Que el pasado 22 de diciembre de 2005 se produjeron los efectos de la modificación en la regulación de las inscripciones padronales introducida por el artículo 3.1 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en adelante L.R.B.R.L.

Por ella se establecía la obligación de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente de renovar su inscripción en el Padrón municipal de habitantes.

Considerando.- Lo dispuesto por la Resolución de 28 de abril de 2005, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años.

Considerando.- Que ha sido notificada individualmente, o intentada la práctica de la notificación, de la necesidad de renovar la inscripción padronal a todos aquellos obligados cuya inscripción había de ser renovada antes del 18 de mayo de 2011, no habiéndose producido esta renovación por parte de los que a continuación se relacionan.

En virtud de lo dispuesto por el art. 16 de la L.R.B.R.L. y en uso de las facultades que me confiere el art. 21 de la misma Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en adelante L.R.B.R.L. y 68.2 del L.T.C.V., he resuelto:

Primero.- Declarar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no han renovado su inscripción padronal, cuya caducidad se producía el 18/05/11, siguientes:

D. HICHAM SERHIR

Segundo.- Acordar la baja en el Padrón municipal de habitantes de Villa del Río, de los extranjeros anteriormente relacionados, con efectos desde la fecha de la notificación de la presente resolución.

Tercero.- Comunicar las bajas anteriores al INE, una vez que se produzca el efecto de las mismas.

En Villa del Río, a 20 de mayo de 2011.- El Alcalde, firma ilegible.- La/El Secretaria/o, firma ilegible.

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