Boletín nº 107 (07-06-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Pozoblanco
Nº. 5.345/2011
No habiéndose formulado reclamación o reparo alguno contra el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa del Cementerio Municipal, aprobado por este Ayuntamiento con carácter provisional, en sesión ordinaria celebrada el día 28/03/2011 y publicado en el Boletín Oficial de la provincia nº. 71 de fecha 13/04/2011; se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
A continuación se inserta el texto íntegro de la modificación:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL
Artículo 6.- La cuota tributaria se determinará por aplicación de las siguientes tarifas:
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Columbarios
Su contenido se sustituye por:
Por la primera inhumación de restos por 50 años: 475,15 euros
Por cada inhumación en el mismo: 45,95 euros
Por la utilización para colocación de urna cineraria o estuche de cenizas: 475,15 euros
Por cada apertura del columbario: 45,95 euros
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Pozoblanco, 25 de mayo de 2011.- El Alcalde, firma ilegible.