Boletín nº 110 (10-06-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Palenciana

Nº. 5.286/2011

Don José Villalba Tienda, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palenciana (Córdoba), hace saber:

Que por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de mayo de 2011, se adoptó, el siguiente acuerdo:  

IV.- Aprobación, si procede, del Proyecto de actuación de Interés Público del Punto Limpio de Palenciana.

Cerrado el debate se somete el asunto a votación ordinaria, resultando que el Pleno del Ayuntamiento de Palenciana, por .../... adoptó los siguientes Acuerdos: 

Primero.- Aprobar el Proyecto de Actuación de Interés Público en suelo no urbanizable, promovido por el Ayuntamiento de Palenciana, para la instalación del Punto Limpio de Palenciana, con emplazamiento en el Ctra. del Téjar s/n (Polígono 2; parcelas 123 y 124), término municipal de Palenciana 

Segundo.- Declarar la utilidad pública o interés social que dicho Proyecto comporta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones y Justificar la procedencia de esta actividad en suelo no urbanizable, eximiendo del cumplimiento de ciertos parámetros urbanísticos señalados en el Informe de la Consejería de Obras Públicas y Viviendas de 11 de abril de 2011, ya que de esta manera, se dotará al municipio de Palenciana, de una infraestructura muy importante en materia medio-ambiental, que permitirá la eliminación, tratamiento y reciclaje de residuos que actualmente no son objeto de recogida por los servicios ordinarios de recogida. 

Tercero.- El presente acuerdo queda sometido a las siguientes observaciones: 

- Se deberá asegurar la vinculación de la superficie a la actividad prevista, del total de la parcela, conforme al artículo 67. d) de la LOUA, así como la obtención de cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable.

- Asimismo, el promotor de la actuación deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con el artículo 42.5 D. c de la citada LOUA. 

Cuarto.- Eximir, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.5 (último párrafo) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, del pago de la prestación compensatoria por el uso y aprovechamiento de carácter excepcional del suelo no urbanizable por una cuantía del 10 % del importe total de la inversión a realizar, excluida la correspondiente a la maquinaria y equipos, al ser el promotor el Ayuntamiento de Palenciana. 

Quinto.- Dar traslado del presente acuerdo a la parte interesada y a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía. 

Sexto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Lo que se hace público, para general conocimiento, en Palenciana, a 26 de mayo de 2011.- El Alcalde, José Villalba Tienda.

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