Boletín nº 110 (10-06-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 5.333/2011

Habiéndose hecho público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 14 de abril de 2011 (nº 72), el acuerdo de aprobación inicial de modificación de la Ordenanza reguladora del Precio Público por utilización de los edificios e instalaciones del Parque San Martín, y no habiéndose formulado reclamaciones, al amparo de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente aprobado dicho acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno el día 29 de marzo de 2011, publicándose ahora el texto íntegro de los artículos modificados.

Contra el anterior acuerdo se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en la forma establecida en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no obstante con carácter previo y potestativo podrá interponer Recurso de Reposición ante el Pleno del Ayuntamiento, en la forma y plazo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 

ANEXO

"Ordenanza reguladora del Precio Público por utilización de los Edificios e Instalaciones del Parque San Martín

Artículo 4.- Cuantía.

El importe de los precios públicos serán los siguientes:

Los presentes precios tienen la consideración de máximos, en virtud de acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno cuando existan razones de utilidad pública o interés social se podrán aplicar descuentos sobre las tarifas establecidas bien en actividades de colaboración con particulares, campañas promocionales, actividades organizadas por Entidades destinadas a la protección de colectivos socialmente desfavorecidos, utilización conjunta de instalaciones o por periodos de tiempo superiores a los normales.

1. Alojamientos Rurales:

 

CONCEPTO

Importes en euros incluido impuestos

Una noche

 

Dos noches

Tres noches

Noche adicional

Semana completa

Quince días

Alojamiento Rural La Encina (capacidad máxima 10 personas). Utilización hasta 6 personas.

250

350

 

540

Noche adicional 100

700

1.200

Alojamiento Rural La Encina (capacidad máxima 10 personas) Utilización por siete personas o más

300

500

650

Noche adicional 100

800

1.400

Alojamiento Rural La Jara (capacidad máxima 10 personas) Utilización hasta 6 personas.

250

350

540

Noche adicional 100

700

1.200

Alojamiento Rural La Jara (capacidad máxima 10 personas) Utilización por siete personas o más

300

500

650

Noche adicional 100

800

1.400

Alojamiento Rural La Aulaga (capacidad máxima 8 personas) Utilización hasta 4 personas.

200

250

350

Noche adicional 80

500

800

Alojamiento Rural La Aulaga (capacidad máxima 8 personas) Utilización por cinco personas o más.

250

350

500

Noche adicional 80

600

1.000

 

2. Nave Refugio y su Equipamiento.

- La utilización de instalaciones por actividades organizadas por el Ayuntamiento será gratuita.

- La utilización de instalaciones por Asociaciones Benéficas de la localidad será gratuita.

- Otras Asociaciones y colectivos:

- Locales: 30 €/día + alquileres reducidos en un 50%

- No locales: 60 €/día + alquileres reducidos en un 50%

- Particulares y empresas:

- Residentes o con sede en Añora mayoritariamente:

Hasta 25 personas: 60 € más alquileres

Hasta 50 personas: 100 € más alquileres

Más de 50 personas: 150 € más alquileres

- No residentes en Añora mayoritariamente

Hasta 25 personas: 100 € más alquileres

Hasta 50 personas: 150 € más alquileres

Más de 50 personas: 200 € más alquileres

Tarifas de equipamientos y servicios complementarios:

- Mesas (11 personas) sin mantelería: 4 €/día

- Mesas (11 personas) con mantelería: 10 €/día

- Sillas sin

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