Boletín nº 116 (20-06-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Pozoblanco
Nº. 5.687/2011
Intentada sin efecto, en el último domicilio conocido, la notificación de la Resolución correspondiente al expediente sancionador núm. 45/10-HU, expedida por esta Alcaldía, el día 06/05/2011, contra D. Rafael López Gálvez, con N.I.F. número 40.355.126-G, domiciliado en calle Congreso, núm. 1-1ºB, de Pozoblanco (Córdoba), por infracción a lo dispuesto en el art. 70.2.B) de la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana, tipificándose como grave en virtud de lo dispuesto en su art. 77.3.G), siendo sancionada con multa de 100 euros, y comunicándole que:
1º.- El plazo de ingreso en periodo voluntario viene establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, General Tributaria, contándose a partir del día siguiente al de publicación de la presente; el vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del procedimiento de apremio, el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria y en el artículo 68 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.
2º.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, puede formular Recurso de Reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Independiente de ello, puede formular Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente, conforme a lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la J.C.A.
3º.- Cuantas actuaciones se han llevado a cabo, se encuentran puestas a su disposición en el Negociado de Actividades de este Ayuntamiento, en horario de 8´00 a 15´00 h.
Pozoblanco, 1 de junio de 2011.- El Alcalde, firma ilegible.